¿Te gustaría conocer la normativa para autocaravanas? Las autocaravanas, caravanas o camper son toda una aventura que, si se te presenta la oportunidad, no puedes perderte. Ya no tendrás que estresarte ni molestarse realizando complejas planificaciones de viajes, buscar hoteles o transportes que puedan costar tres veces más de lo que creíste.
Se trata de tener un viaje por la carretera con tu familia, amigos o pareja, donde tu única preocupación debe ser disfrutar al máximo este tiempo libre. Cada vez son más las personas que optan por estar en una caravana o camper para su periodo vacacional o escapadas de fin de semana.
No obstante, al igual que todo en esta vida, hay una serie de normativas para autocaravanas que debes conocer antes de pensar en aventurarte. En Escape y Bujía te traemos las reglas con respecto al tema para que de este modo tengas toda la información necesaria ydisfrutar por completo de tu viaje.
Contenidos
Normativa para autocaravanas: Carnet de conducir
Antes de viajar en una caravana, primero debes saber que no todos los carnets en España son iguales, es decir, cada permiso de conducir es diferente al igual que los requisitos. Para poder viajar con tranquilidad en la carretera, ten en cuenta estos aspectos:
Permiso B+E y C+E
Comenzamos con una normativa específicamente para caravanas que explica que el permiso B+E es necesario cuando la MMA del coche tenga una cifra superior a los 4250 kg. No obstante, la misma no puede ser mayor a los 7000kg.
En el caso de que el peso del remolque y vehículo supere con creces los 7000 kg, la normativa para caravanas indica que hay que poseer el permiso C+E.
Carnet de conducir tipo B
Una normativa para autocaravanas que tienes que conocer es que la masa máxima autorizada o MMA del remolque tiene que ser menor o igual a 750 kg. Por otra parte, todo el conjunto debe tener una aproximado a 4250 kg.
La única manera en la que estas cifras puedan cambiar, es que el MMA de remolque sea mayor de 750g pero el conjunto tiene sea menor a 3500kg. Cuando estás en una autocaravana, no necesitarás otro carnet más que el tipo B.
Normativa para autocaravanas: Límites de velocidad
La normativa para autocaravanas indica que hay ciertos límites de velocidad que den ser cumplidos para no ir en contra de lo establecido por la ley. Estas pueden variar según diversos elementos como tipos de autopistas, kilogramos del MMA, poblados, etc.
Primero pasaremos a contarte cuáles son los límites de velocidad que indica la normativa para caravanas: La velocidad máxima en vías con menos de 1,5m de arcén es de 70 km/h; en poblados el límite es de 50 km/h; en las vías que tienen más de 1,5m de arcén es 80 km/h y en autovías y autopistas lo máximo es 90 km/h.
Por otra parte, la normativa para autocaravanas establece que para autocaravanas menores de 3.500 kg de MMA, las velocidades máximas son: en poblado 50 km/h; en vías convencionales mayores a 1,5 metros de arcén es de 90 km/h; en autovías y autopistas lo límite es 120 km/h y, por último, en vías que tengan menos de 1,5 metros de arcén la velocidad no debe superar los 80 km/h.
Si estás en una autocaravana que supera los 3.500kg de MMA, entonces las velocidades máximas deberían ser: en poblado: 50 km/h, en autovías y autopistas 90 km/h; en vías que tenganmenos 1,5 metros de arcén 70 km/h y las que tengan menos de 1,5 metros de arcén la velocidad máxima debe ser 80 km/h.
Normativa para autocaravanas: Estacionarse o acampar
Al igual que con la velocidad y el carnet, hay una normativa para autocaravanas que especifica lo que debes hacer cuando te estacionas o acampas. Lo primero es que si deseas acampar, tienes que hacerlo en lugares especialmente diseñados para este propósito, no puede ser en cualquier parte.
Cuando uno acampa tiende a sacar sillas, verter líquidos en el suelo, hacer ruido, extender toldos… etc. Es decir, te preparas para asentarte temporalmente en dicho lugar, donde tú puedes:
- Verter cualquier tipo de líquidos en el suelo, con la única excepción de los líquidos del motor.
- Extender toldos u otros elementos que salgan de tu coche.
- Emitir ruidos fuertes tales como música a un volumen alto.
- Sacar sillas o mesas fuera del vehículo.
- Colocar estabilizadoras.
Es todo lo contario cuando te estacionas. La normativa para autocaravanas estacionadas indica que puedes comer y dormir en tu vehículo, ya que es un espacio privado, colocar calzas para asegurar el vehículo en el terreno si el mismo tiene una inclinación y también puedes utilizar el apoyo de una rueda directriz en el bordillo.
Si el coche en cuestión tiene más de 3.500 kg de MMA con inclinación sensible, las calzas son obligatorias. No está permitido utilizar otros elementos para este propósito. Aunque puedes elevar el techo o abrir claraboyas, las mismas no deben superar el espacio del coche. Eso sí, debe ser en zonas las zonas habilitadas para ello.
La normativa para autocaravanas estacionadas, como dijimos anteriormente, indica claramente que puedes dormir y vivir temporalmente en tu vehículo al estacionar; no obstante, tienes que evitar superar el límite de tiempo permitido, es decir, estar estacionado durante 48 horas consecutivas.
La normativa para remolcar
Después de observar todas las leyes que se deben cumplir en cuanto a velocidad y acampar, no debería de ser extraño que también haya normas para remolcar la caravana. Principalmente, debes saber si tu vehículo está capacitado para realizar esta tarea.
Una vez que hayas comprobado que tu vehículo tiene esta opción, tienes que tener instalado un enganche legal aprobado por la Inspección Técnica de Vehículos o ITV.
¿Has viajado o quieres viajar en una autocaravana? Cuéntanos tus experiencias y opiniones en la sección de comentarios y no olvides compartir este artículo en tus redes sociales.